El proceso selectivo de los aspirantes constará de las siguientes fases: A) Oposición B) Curso de Formación C) Módulo de formación práctica
FASE DE OPOSICIÓN
Primera prueba (aptitud física):
Esta prueba, cuya ejecución será pública, consistirá en la realización por los opositores de los ejercicios físicos que se describen en el anexo II. La calificación de cada ejercicio se realizará según lo establecido por dicho anexo, teniendo en cuenta que la obtención de cero puntos en cualquiera de ellos supone la eliminación del aspirante. La calificación de la prueba será la media de las obtenidas en cada ejercicio, debiendo alcanzarse al menos cinco puntos para aprobar. Para la realización de la prueba, los opositores deberán presentarse provistos de atuendo deportivo, y entregar al Tribunal un certificado médico, en el que se haga constar que el aspirante reúne las condiciones físicas precisas para realizar las referidas pruebas deportivas. La no presentación de dicho documento supondrá la exclusión del aspirante del proceso selectivo.
Segunda prueba (de conocimientos):
Consistirá en la contestación a un cuestionario de preguntas del temario que figura como anexo I a la presente convocatoria. La calificación será de cero a diez puntos, siendo necesario obtener cinco puntos para superarla.
Tercera prueba (psicotécnica):
Constará de dos partes: a) Tests psicotécnicos. Consistirá en la realización de uno o varios tests dirigidos a determinar la personalidad y las aptitudes del aspirante para el desempeño de la función policial con relación a la categoría a la que se aspira. Podrá incluir una prueba de ortografía. b) Entrevista personal. A partir del resultado de los tests de personalidad, se investigarán en el aspirante los factores de la misma que determine el Tribunal, el cual fijará la puntuación correspondiente a dichos factores. Ambas partes se valorarán conjuntamente y el Tribunal fijará la puntuación mínima necesaria para superar cada una de ellas, haciendo pública la relación de aspirantes que, por haber alcanzado, al menos, las indicadas puntuaciones deban ser convocados a la realización de la cuarta prueba, sin perjuicio de lo dispuesto en la base 7.4. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».
Cuarta prueba (reconocimiento médico):
Dirigida a comprobar que no concurren en el aspirante ninguna de las causas de exclusión a que se refiere la Orden de 11 de enero de 1988, que se reproduce como anexo III a la presente convocatoria. La calificación de esta prueba será de «apto» o «no apto».
Ejercicio voluntario de idioma:
Los opositores podrán realizar con carácter voluntario, un ejercicio de conocimiento de los idiomas inglés o francés (sólo uno de ellos), a nivel exigido por el sistema educativo general en la enseñanza básica obligatoria, que podrá mejorar la nota alcanzada en la segunda prueba, de los que superen ésta, hasta dos puntos.