NACIONALIDAD: Ser español o tener nacionalidad española.
EDAD:Tener los 16 años de edad, establecido por el nuevo Estatuto del
Empleado Público de 2007 y no haber cumplido los 30.
Varía según CCAA:
En Castilla La Mancha no superar los 32. Castilla y Léón y las Islas
Baleares no haber cumplido los 33. En Cataluña el límite máximo para
el acceso a la categoría de AGENTE de la Policía Local de Cataluña a
45 años, sin perjuicio de que la entidad local pueda fijar un límite
inferior en el Reglamento o en la convocatoria correspondiente. En La
Rioja no haber cumplido los 31 el día en que termine el plazo de
presentación de instancias. En Madrid haber cumplido los 21 y no
superar los 30. En Navarra ser mayor de edad y no superar los 35
años.En País Vasco no haber cumplido lo 32 para el ingreso en la
categoría de Agente, para Andalucía el límite superior es de 35 años.
FORMACIÓN ACADEMICA :
Se exige BACHILLER, FP II O EQUIVALENTE en todas las Comunidades
Autonomas a excepción de:
Aragón, Cataluña, País Vasco y Ceuta, que exigen Graduado escolar, FP
I o equivalente;
y en Madrid se exige estar en posesión del título de Graduado en
Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional de Primer
Grado o equivalente, o en condiciones de obtenerlo, expedido con
arreglo a la legislación vigente.
En caso de titulaciones obtenidas en el extranjero se deberá estar en
posesión de la credencial que acredite su homologación.
No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las
funciones, de acuerdo con el cuadro de exclusiones médicas
establecidas en las bases de cada convocatoria
PERMISOS DE CONDUCCIÓN (varía según CC AA): Estar en posesión de los
permisos de conducción A, B y BTP.
PERMISOS CONDUCCION POR COMUNIDADES: En Madrid: permisos de conducir A
con experiencia de 2 años y B con autorización BTP. La experiencia de
2 años con el carné A podrá sustituirse por un curso teoríco- práctico
que se impartirá en la escuela de policía una vez obtenida la plaza.
En Valencia: estar en posesión de los permisos de conducir de las
clases A y B que permita la conducción de motocicletas con una
potencia no superior a los 25 Kw
La estatura mínima deberá ser para: Hombre 1,65 Mujer 1,60 m
No haber sido separado mediante expediente disciplinario del Servicio
de cualquiera de las Administraciones Públicas.
Temario
Derecho Constitucional y Comunidades Autónomas
Derecho Administrativo y Administración local
La actividad de los Policías Locales
Tráfico, seguridad vial y transportes
Sociología
Examen Pruebas físicas, examen médico, test psicotécnicos y
examen sobre materias del temario teórico y práctico